Las fechas no cambiarán a aquellos contribuyentes que no estén obligados a expedir factura electrónica. Estos tendrán plazo hasta el 31 de mayo del otro año. Según la Dian, la factura electrónica permitirá tener un reporte que ofrece información detallada que sustente los gastos en las declaraciones tributarias.
Las empresas que no implementen la nómina electrónica podrán tener multas de 5% de la suma del total de la nómina. Adicionalmente, si se entrega información errónea y no se corrige dentro de los plazos establecidos, la multa será del 4%.
Sobre la Dian y la nueva norma para las pymes:
Fuente:
Folou.co
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