“Esta política, soportada bajo los pilares de la Política de Supervisión General de la Entidad de pedagogía, cumplimiento normativo y actuación oportuna y temprana, pretende servir como guía para la actuación de los funcionarios de la Delegatura y de las sociedades con supervisión especial, sobre las cuales la Superintendencia de Sociedades cuenta con competencias especiales por expresa disposición legal en la actividad, lo cual implica que se atienda a parámetros adicionales de cumplimiento como son las auditorias e informes de revelación. La política tiene como fin el cumplimiento normativo para preservar el orden público económico y brindar información a los ciudadanos para que tomen decisiones informadas”, señaló el Superintendente de Sociedades, Juan Pablo Liévano.
La política se aplica a las siguientes actividades y/o sociedades a saber:
Esta política se ejercerá de manera diferencial para cada una de las sociedades y/o actividades señaladas, conforme lo indican las normas para cada una de ellas, y teniendo en cuenta aspectos tales como la ampliación de fuentes de información, el enfoque en riesgos que puedan afectar a los usuarios, el conocimiento del modelo de negocio por parte del supervisor, la opinión de los Revisores Fiscales y la pedagogía, entre otros.
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Fuente:
supersociedades.gov.co
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